Jurispol. 2022.
Como todos sabemos, el conocimiento del idioma en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es algo que desde hace mucho tiempo, se llevaba barajando implementarlo como requisito de acceso y de ascenso en la Policía Nacional.
Pues bien, nos encontramos en la recta final del nuevo Reglamento de Procesos Selectivos, el cual va a modificar al establecido anteriormente en el Real Decreto 614/1995 de 21 de abril, y ahora se establece que:
PARA ACCESO A LA POLICÍA NACIONAL (ESCALA BÁSICA): Artículo 6.4 Asimismo SE EXIGIRÁ EL CONOCIMIENTO DE UN IDIOMA EXTRANJERO conforme al nivel y en los términos que se determine en la orden ministerial de desarrollo, así como el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva con las funciones y las tareas a desempeñar conforme a la orden ministerial de desarrollo.
El propio Reglamento de procesos selectivos va a incluir una cláusula transitoria, estableciendo una MORATORIA, donde veremos como: se podrá exigir (el conocimiento de la lengua extranjera) una vez transcurridos 2 años desde la entrada en vigor de este Real Decreto.
Es decir, que si este año 2022 sale el nuevo Reglamento de Procesos Selectivos, hasta que no pasen 2 años del mismo, las convocatorias para el ACCESO a la Policía Nacional, no podrán exigir el conocimiento del idioma extranjero entre sus pruebas selectivas, ofreciendo así un periodo de tiempo a los opositores para que adquieran los conocimientos previos que les permitan examinarse en condiciones del mismo.
PARA ASCENSO A LA POLICÍA NACIONAL: art. 16.3 para ascenso por antigüedad: Conforme con lo previsto en la orden ministerial de desarrollo, en los términos y con el nivel que se establezca en la convocatoria, SE EXIGIRÁ COMO REQUISITO EL CONOCIMIENTO DE UN IDIOMA MEDIANTE LA APORTACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DOCUMENTAL CORRESPONDIENTE.
Y para ascenso por concurso oposición: Artículo 19. Fases en la modalidad de concurso-oposición. Asimismo, conforme con lo previsto en la orden ministerial de desarrollo, en los términos y con el nivel que se establezca en la convocatoria, se realizarán pruebas de conocimiento de idiomas o se exigirá su acreditación mediante la aportación de la titulación correspondiente.
Pues bien, para ASCENSO, se establecerá también una moratoria de 2 años, y se está intentando que sea de 3 años, pero no está confirmado este extremo todavía.
Desde Jurispol agradecemos esta moratoria ofrecida a todos los opositores y vamos a seguir trabajando para que nuestros alumnos tengan la mejor de las formaciones que les garantice conseguir el APTO.
Jefatura de estudios de Jurispol.-